Dir. Alberto Morales
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APRUEBA CONGRESO DE PUEBLA REFORMA CONTRA CIBERASEDIO
El Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Penal que tipifican el “ciberasedio”, penalizando con hasta tres años de prisión a quienes insulten o agravien a otros de forma insistente a través de medios digitales. Organizaciones defensoras de la libertad de expresión, como Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla, advierten que la nueva ley puede vulnerar derechos fundamentales y criminalizar el discurso ofensivo.
14/06/2025 - Puebla, Pue..
El Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Penal que tipifican el “ciberasedio”, penalizando con hasta tres años de prisión a quienes insulten o agravien a otros de forma insistente a través de medios digitales. Organizaciones defensoras de la libertad de expresión, como Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla, advierten que la nueva ley puede vulnerar derechos fundamentales y criminalizar el discurso ofensivo. por Cortesía Cortesía
La reforma al código penal también abordó la usurpación de la identidad y el espionaje digital.
14/06/2025 16:30:44 - Puebla, Pue.. / redacción multigráfica
Aprobó el congreso del Estado de Puebla una reforma para modificar el código penal del estado y tipificar el “ciberasedio”, en redes sociales, que podría llevar a una persona a estar tres años en prisión si emite algun insulto contra alguien. En el boletín de prensa 454, publicado el 12 de junio de 2025, describe que esta tipificación consiste “cuando a través de la utilización de las tecnologías de información y comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agrave o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”. Posteriormente el Periódico Oficial del Estado de Puebla con fecha del 13 de junio de 2025 , detalla que a la persona responsable que presente esta conducta “se le impondrá la pena de once meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito”. Aseguró diputada Laura Artemisa García Chávez, que las reformas están apegadas a derecho y buscan proteger la seguridad y el bienestar de los y las poblanas. Por su parte, organizaciones en pro de la libertad de expresión como son La Oficina para México y Centroamérica de Artículo 19, en conjunto con la Red de Periodistas de Puebla han emitido un llamado al congreso de Puebla, a rechazar este proyecto de ley, puesto que consideran que ” incumplen principios de derechos humanos y libertad de expresión violentan el principio de taxatividad en materia penal”. “El propuesto Artículo 480, del delito de ciberasedio, se define como quien […] “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia suficiente para causarle un menoscabo importante en su salud […]”[1]. En ese sentido, se recuerda a las y los legisladores que la libertad de expresión incluye discursos que pueden “ofender, insultar”. “La Corte Interamericana de Derechos Humanos resaltando algunos de los rasgos sobresalientes de la libertad de expresión, sobre todo su doble dimensión individual y colectiva, y su función democrática, establece que “este derecho protege tanto la información que resulta favorable, indiferente o inofensiva, como aquella que resulta chocante, inquietante u ofensiva para el Estado o la sociedad”[2].